MTC alista norma para motos eléctricas
La fiscalización con sanciones anunciada por la Policía Nacional del Perú (PNP) para las motos eléctricas a partir del próximo 2 de agosto puso contra las cuerdas a usuarios y comercializadores. La principal duda giraba en torno a si estos vehículos que suman 150 mil y han tenido un crecimiento explosivo en el país, recién deberán contar con placa de rodaje, SOAT y licencia de conducir o si esas obligaciones ya existían. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) zanjó la cuestión al indicar que las motocicletas eléctricas, por su clasificación vehicular, siempre debieron cumplir con esos requisitos para circular.
En conversación con RPP, el abogado especialista del MTC Rafael Rivera explicó que las motocicletas eléctricas están comprendidas dentro de la categoría L del Reglamento Nacional de Vehículos, por lo que, independientemente de que funcionen con un motor eléctrico o a combustión, deben cumplir los mismos requisitos que cualquier otra motocicleta.

El MTC asegura que la resolución de junio no creó nuevas obligaciones
Rivera explicó que la Resolución Directoral N.° 0016-2026-MTC/18, publicada el pasado 18 de junio, no modificó la clasificación de las motocicletas eléctricas ni creó nuevas exigencias para sus propietarios.
Su finalidad fue aclarar, mediante criterios gráficos, qué vehículos sí califican como Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como las patinetas eléctricas, hoverboards, monociclos y scooters autoequilibrados, para facilitar su identificación durante la fiscalización.
«Se está aclarando qué son los VMP. Una moto no puede calificar como VMP. Las motos eléctricas no se tocan porque eso ya estaba regulado anteriormente. Ahí se precisó que una moto, independientemente de que tenga un motor eléctrico o convencional, sigue siendo una moto. No cambia su clasificación», sostuvo.


