Traslado de ONP a AFP
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) publicó el reglamento que establece cómo funcionarán los traslados entre el sistema público de pensiones y las AFP. Esta norma se alumbra con la implementación de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Ley N.° 32123), aprobada en 2024.
El reglamento permite que un afiliado de la ONP pueda trasladarse al sistema privado de pensiones (y en sentido contrario). El proceso será voluntario y se realizará mediante una plataforma única.
El reglamento relata que el afiliado de la ONP que decida trasladarse a una AFP podrá solicitar un Bono de Reconocimiento por los aportes que realizó previamente en el sistema público, siempre que cumpla los requisitos establecidos en las normas que regulan este beneficio.
Es decir, si una persona aportó durante años a la ONP y posteriormente decide pasar a una AFP, esos aportes pueden ser reconocidos mediante este mecanismo.
A la fecha, existen tres tipos de Bono de Reconocimiento (1992, 1996 y 2001), dirigidos a trabajadores que realizaron aportes a la ONP durante determinados periodos y que cumplen requisitos específicos, como haber cotizado al menos 48 meses (cuatro años).
El Bono de Reconocimiento no implica que el afiliado recibe ese dinero en efectivo al momento de cambiarse. Se trata de un valor que reconoce aportes efectuados previamente en el sistema público y que, cuando corresponde, termina incorporándose a la cuenta individual del afiliado en el sistema privado.
El bono se entrega cuando el afiliado se jubila, fallece, accede a una jubilación anticipada o queda con una invalidez total permanente.
